DESCRIPCION
Con una UBICACION inmejorable, ALLEGRO pone a la venta SUELO URBANO CONSOLIDADO muy cerca de la Estacion de COLLADO VILLALBA.
Actualmente con VADO PERMANENTE.
Zona de ordenacion MC-III Manzana Cerrada.
Condiciones de la parcela (m2): 250
Art.1.3. A efecto de parcelaciones, reparcelaciones o segregaciones se establece como superficie minima de parcela 250m2, con frente minimo de 10 mts.
Uso principal: Residencial Multifamiliar.
Usos compatibles:
Uso Residencial/Residencial Unifamiliar, alojamiento Comunitario, Terciario/Despachos profesionales, Terciario/oficinas/oficinas y servicios publicos, Terciario/ hosteleria y restauracion, Comercio minorista de barrio, comercio minorista de distrito, distribucion en almacen y comercio mayorista/talleres, talleres artesanos, escolar/educativo, deportivo, sanidad asistencial, administrativo, religioso, zonas verdes o aparcamiento.
Superficie construida:122 m2+superficie suelo 322 m2.
Porcentaje maximo de ocupacion (%):
Art. 1:4.1.1. La ocupacion maxima sobre rasante en la parcela por la edificacion principal sera del 100% sobre la primera banda de 12 metros de ancho colindante con el frente de parcela (o frentes, si la parcela da a mas de una calle que no sea fondo de saco de entrada a parcela), o que estuviese grafiada con alineacion interior maxima en la Serie 2 de planos, o la necesaria para albergar la edificabilidad determinada en su ficha. Tambien, se admite en lugar de ese caso, la ocupacion sobre rasante de aquella edificacion existente en la fecha de aprobacion de este Plan General y que se contuviese dentro del limite de alineaciones exteriores senaladas en los planos de Ordenacion n° 2 del Plan General. Podra ocuparse bajo rasante la totalidad de la parcela, admitiendose una altura maxima de la cara superior de forjado de techo de sotano en todos sus puntos de 0,70 m. sobre la rasante virtual.
Edificabilidad maxima (m2c/ m2s):
Art.1:6. En las parcelas y Unidades de Ejecucion, la superficie maxima edificable sera la que se derive de la aplicacion de las condiciones anteriores, salvo que el Plano de Ordenacion senale un coeficiente de edificabilidad especifico, que prevalecera. Tambien, se admite la edificabilidad existente cuando se rehabilite una edificacion que existiese previamente a la aprobacion definitiva de este Plan General;
Altura maxima en numero de plantas: 3
Art.2:5.1. El numero maximo de plantas sera, en las manzanas y Unidades de Ejecucion y Poligonos de Ordenacion, el que se especifica en los Planos de Ordenacion o fichas correspondientes. Se admite no obstante el numero de plantas existente cuando se rehabilite o cuando se sustituya exactamente la forma y volumen de una edificacion que existiese previamente a la aprobacion definitiva de este Plan General.
Altura maxima en metros a viario:
Art. 1:5.1. La altura maxima de la edificacion sera la que en funcion del numero maximo de plantas corresponda al computo global de 3,00 metros por cada planta piso, y 4,00 metros (a efectos de calculo) para la planta baja. Como excepcion, esta altura sera de 5,00 metros en edificios exentos de uso exclusivamente comercial, de oficinas o de servicios, de las calles Real, Batalla de Bailen y Honorio Lozano en toda la profundidad admitida como fondo
edificable para estas calles.
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